seguridad jurídica en la digitalización del transporte

La CETM reclama mayor seguridad jurídica ante la digitalización del transporte de mercancías

La CETM advierte sobre el impacto jurídico de la digitalización en el transporte

La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) ha pedido reforzar la seguridad jurídica en el transporte de mercancías por carretera ante el avance de las herramientas digitales utilizadas en la subcontratación. La organización empresarial reclama criterios claros para evitar que el uso de estos sistemas pueda interpretarse como ejercicio del poder de dirección sobre los trabajadores de empresas colaboradoras.

La patronal recuerda que, en la actualidad, la geolocalización, la trazabilidad y el seguimiento en tiempo real se han convertido en elementos indispensables para la gestión de las flotas y la prestación de los servicios de transporte, por lo que considera necesario adaptar el marco jurídico a esta realidad tecnológica.

Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo 331/2026

En este contexto, la CETM ha reunido en Madrid a representantes del sector para analizar el alcance de la Sentencia 331/2026, de 27 de marzo, del Tribunal Supremo, que confirma la existencia de una cesión ilegal de trabajadores entre DHL EXPRESS SPAIN SLU y varias empresas de transporte subcontratadas.

Aunque la organización patronal subraya que la resolución no introduce novedades relevantes desde el punto de vista jurídico, sí considera que sus efectos requieren una especial atención en un momento en el que la digitalización del transporte se ha consolidado como herramienta esencial para planificar, supervisar y comprobar en tiempo real los servicios. La sentencia afecta de manera específica a las empresas subcontratadas que aportaban trabajadores por cuenta ajena para llevar a cabo el reparto.

El papel de la PDA en la organización del reparto

Uno de los elementos clave de la sentencia es el uso de una PDA facilitada por DHL a los repartidores de las empresas subcontratadas. A través de este dispositivo, los trabajadores recibían información detallada de los repartos, registraban las entregas y las incidencias, y enviaban en tiempo real todos esos datos a los sistemas de la compañía. Además, podían comunicarse durante la jornada con los responsables de DHL para coordinar la actividad.

Según explica la patronal, esta situación ha llevado a reclamar que se distinga nítidamente entre la supervisión del servicio de transporte y la dirección laboral de los trabajadores, con el fin de evitar que el uso de medios tecnológicos propios de la actividad se confunda con una relación laboral directa.

El Tribunal Supremo entiende que esta herramienta no servía únicamente para realizar un seguimiento del servicio, sino que permitía a DHL impartir instrucciones y controlar en tiempo real el cumplimiento del trabajo. Esta interpretación genera inquietud en la CETM por sus posibles consecuencias sobre un sector cada vez más digitalizado y dependiente de soluciones tecnológicas.

Digitalización del transporte y poder de dirección

Para la CETM, el uso de herramientas digitales en el transporte no debería identificarse automáticamente con el ejercicio del poder de dirección sobre los trabajadores de las empresas subcontratadas. La organización defiende que estos sistemas permiten conocer la ubicación de los envíos, optimizar rutas, gestionar incidencias y verificar el cumplimiento de los servicios contratados, funciones que considera inherentes a la organización del transporte y a la coordinación de la cadena logística.

La Confederación recuerda que estas tecnologías son, en la actualidad, imprescindibles para mejorar la calidad, la seguridad y la eficiencia del transporte de mercancías, especialmente en un entorno marcado por la exigencia de información inmediata y trazabilidad completa de las operaciones.

El Tribunal Supremo también concluye que la aportación de las furgonetas por parte de las empresas subcontratadas no tenía una importancia económica y técnica suficiente como para prevalecer sobre la prestación personal de los repartidores, reforzando así la relevancia del componente laboral en la relación analizada.

La digitalización, la trazabilidad y la geolocalización son herramientas imprescindibles para garantizar la eficiencia y seguridad del transporteCETM

Reclamación de mayor seguridad jurídica para el transporte

Ante este escenario, la CETM insiste en la necesidad de dotar de mayor seguridad jurídica a las empresas de transporte y logística, de modo que puedan emplear sistemas de geolocalización, trazabilidad, gestión de rutas, seguimiento de envíos y comunicación con los conductores sin que ello se considere automáticamente como una manifestación del poder de dirección sobre los empleados de una compañía subcontratada.

Según la organización, la clave está en diferenciar con claridad la coordinación y supervisión del servicio del ejercicio del poder de dirección propio de una relación laboral. Esta distinción resulta fundamental para preservar modelos de colaboración y subcontratación que llevan años integrados en la estructura del transporte de mercancías.

Comercio electrónico, última milla y gestión digital de repartos

La cuestión adquiere todavía más relevancia ante el crecimiento del comercio electrónico y de los servicios de última milla, ámbitos en los que la gestión digital de los repartos, la asignación de rutas y el seguimiento en tiempo real forman parte de la operativa diaria. La CETM advierte de que una interpretación restrictiva del uso de estas herramientas podría generar inseguridad jurídica y condicionar el desarrollo de modelos de negocio consolidados en el sector.

Por ello, la organización empresarial reclama que empresas, trabajadores y Administración dispongan de criterios claros y previsibles que permitan determinar en qué momento una herramienta tecnológica constituye un mecanismo legítimo de coordinación y control del servicio y cuándo puede implicar el ejercicio del poder de dirección propio de una relación laboral.

La CETM considera que contar con un marco definido y estable en esta materia es esencial para que el proceso de digitalización del transporte de mercancías continúe avanzando sin generar conflictos interpretativos ni riesgos jurídicos añadidos para las empresas de transporte y logística.



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