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Transportes publica la calculadora para actualizar el precio del gasóleo

A principios del mes de marzo se aprobó el Decreto-Ley 3/2022 de medidas para el transporte de mercancías por carretera, que incluye importantes novedades tanto en el ámbito económico como laboral, fruto del acuerdo suscrito entre el Gobierno con el Comité Nacional de Transporte por Carretera el pasado mes de diciembre.

Entre las medidas incluidas se encuentran la relativa a la prohibición de que el conductor realice las labores de carga y descarga de las mercancías, que entraré en vigor el próximo de septiembre, así como la relativa a la revisión automática obligatoria de los precios que perciben los transportistas por la prestación de sus servicios en función de la variación del gasóleo, la cual se calcula en base a una fórmula de aplicación en función del porcentaje de variación que haya sufrido el carburante en un período concreto.

Ante el incremento que han sufrido los carburantes en el último año (en concreto, un 50´7% hasta el 29 de marzo), el Decreto-Ley prevé que los transportistas que no hubieran repercutido en los precios que perciben de sus clientes el incremento tan importante que han sufrido los carburantes en el último año, o lo hubieran hecho sólo de forma parcial, tengan derecho a hacerlo.

Cómo revisar el precio del transporte en función del gasóleo

Dicha revisión obligatoria, frente a la que no cabe pacto en contrario, se aplica a todo tipo de contrato de transporte, ya sean contratos verbales o por escrito, siempre que haya habido una variación en el precio de los carburantes desde que el transportista y su cliente pactaron hacer el transporte y el momento de realizar dicho servicio de transporte. Para ello, el Decreto-Ley establece una única fórmula de revisión, la cual deberá aplicarse en todos los contratos de transporte, aunque el transportista y su cliente no tuvieran pactada ninguna fórmula de revisión, y que es la que viene establecida en la Orden Ministerial por la que se establecen las condiciones generales de contratación, y que se calcula en función de la masa máxima del vehículo.

Para facilitar su aplicación, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha colgado en su página web una calculadora (en formato Excel), aunque ya se está trabajando para convertirla en una aplicación permanente, y que permite consultar entre dos periodos cualesquiera la variación que ha experimentado el precio del gasóleo A y, por tanto, el porcentaje de variación que deben aplicar en sus facturas.

Conforme a la variación sufrida en el último año, los transportistas deberán incrementar sus precios del transporte en su factura de marzo, descontando aquel porcentaje que durante dicho período ya le hubieran subido sus clientes, que se ha organizado de la siguiente manera:

  • Vehículos de más de 20 toneladas: hasta un 15´21% (excepto vehículos de obras)
  • Vehículos de más de 3,5 toneladas: hasta 10´14% (incluidos los de obras)
  • Vehículos de hasta 3,4 toneladas: hasta 5´07%

 

Para consultar la calculadora de variación semanal del precio del gasóleo, basta acceder al siguiente enlace web del Ministerio de Transporteshttps://www.mitma.gob.es/transporte-terrestre/servicios-al-transportista/indice-de-variacion-semanal-de-los-precios-medios-del-gasoleo-en-espana

 

 

Autor de la noticia: TransporteProfesional.es